¿Sabías que existe una figura legal que puede proteger la vivienda de tu familia frente a embargos? Se llama patrimonio familiar y es una herramienta poco conocida pero muy valiosa para dar seguridad al hogar. Te explicamos qué es y cómo constituirlo en el Perú.
¿Qué es el patrimonio familiar?
Es una afectación legal sobre un bien —normalmente la casa habitación o un predio destinado a la vivienda o al sustento de la familia— que lo vuelve inembargable e inalienable en beneficio de sus integrantes. En palabras simples: protege el techo de la familia.
Base legal: Código Civil, artículos 488 y siguientes.
- Inembargable: el bien afectado no puede ser embargado por deudas (con las excepciones que la ley señala).
- Inalienable: no puede venderse libremente mientras subsista la afectación.
- Beneficia a los integrantes de la familia designados.
¿Quién puede constituirlo y sobre qué bienes?
Puede constituirlo, por ejemplo, cualquiera de los cónyuges sobre bienes de la sociedad, o una persona sobre sus bienes propios, en favor de beneficiarios como el cónyuge, los hijos y otros parientes que la ley admite. El bien debe estar destinado a la vivienda de la familia o a una actividad que le sirva de sustento.
¿Cómo se constituye?
Requiere cumplir formalidades legales, que incluyen su formalización y la correspondiente inscripción en Registros Públicos (SUNARP) para que produzca efectos frente a terceros. También existen causales y procedimientos para su modificación o extinción.
¿Para quién es especialmente útil?
Es una figura recomendable para familias que quieren blindar su vivienda frente a riesgos económicos, o para quienes desarrollan actividades que implican asumir deudas y desean proteger el hogar de posibles contingencias.
Consejo final
El patrimonio familiar es una de esas herramientas que pocos conocen y que puede dar mucha tranquilidad. Si quieres proteger la casa de tu familia, vale la pena evaluar con un abogado si conviene constituirlo en tu caso y cómo hacerlo correctamente para que surta plenos efectos.
Este artículo es informativo y general; no constituye asesoría legal para un caso concreto. Cada situación familiar tiene particularidades. Para orientación sobre tu caso, agenda una consulta con nuestro estudio.